Perdones
Uno de los peores resultados para el inmigrante que solicita entrar al país, es que se lo declaren inadmisible, hay muchas razones por las que las autoridades de inmigración pueden tomar esa determinación, puede ser por actividad ilegal, la salud, fraude, la falsificación, la presencia ilegal en los EE. UU., y mas.
Las razones para ser inadmisibles son variadas, genera confusión en los solicitantes, que terminan abandonando el proceso sin saber que hacer. En circunstancias, puedes solicitar un perdón durante el proceso de solicitud de inmigración. Es importante aclarar que el proceso de un perdón no garantiza la aprobación de la visa, además de que requiere de mayor tiempo y procedimientos, por eso es recomendable que hable con un abogado experto sobre este proceso.
Tener un abogado de inmigración que se especialice en perdones, puede hacer la diferencia, entre un proceso adecuado, con una posibilidad real de éxito y muchas complicaciones innecesarias. En la firma de abogados Luque, contamos con una alta tasa de éxito para los diferentes tipos de perdones para nuestros clientes. Más adelante encontrará información sobre los distintos tipos de perdones de inmigración.
El Perdón I-601
Este perdón elimina la barrera de “presencia ilegal” para ciudadanos extranjeros fuera de los EE. UU., también renuncia a los motivos de inadmisibilidad por “fraude y falsificación”, sea dentro o fuera de los Estados Unidos.
El Perdón I-601A
El perdón I-601A, perdona la inadmisibilidad de “presencia ilegal” para ciudadanos extranjeros que residen en los Estados Unidos. USCIS trata de promover la unidad familiar, con este perdón ya que permite que los ciudadanos extranjeros presenten su solicitud sin tener que salir del país.
Para perdón I-601 y el I-601A, el ciudadano extranjero debe tener un cónyuge o padre que sea ciudadano estadounidense o residente permanente legal, quien tendrá que demostrar que sufriría “dificultades extremas” si no pueden permanecer juntos o estar unidos.
Definición de Dificultad Extrema
Los oficiales de USCIS generalmente considerarán los siguientes factores para determinar si se han enfrentado dificultades extremas en cualquier caso individual:
• Salud física y mental del familiar calificado
• Dificultades financieras
• Dificultades educativas
• Dificultades que pueden ocurrir en el país de nacimiento del extranjero
• Vínculos familiares en Estados Unidos
• Vínculos familiares de parientes calificados fuera de los EE. UU.
• Cualquier otra dificultad que pueda surgir
Definición de Presencia Ilegal
El USCIS determina que la “presencia ilegal” ocurre cuando una persona está en el territorio americano después de la expiración de un período de estadía autorizado (como se indica en su I-94), o habiendo ingresado sin visa o por libertad condicional después del 1 de abril de 1997.
I-212
El perdón I-212 permite a los ciudadanos extranjeros solicitar la readmisión al país después de haber sido deportados previamente y antes de haber cumplido su período legal de estadía fuera de los Estados Unidos.
USCIS toma discreción sobre este tipo de perdones, miran todos los factores positivos y negativos, como:
• Base de la deportación
• Fecha reciente de deportación
• El tiempo de residencia del ciudadano extranjero en los Estados Unidos y el estado que tuvo durante esa presencia
• Responsabilidades familiares y vínculos con EE. UU.
• Pruebas de que el ciudadano extranjero es de buen carácter moral
• Los antecedentes penales del extranjero o la falta de ellos
• Evidencia de reforma y rehabilitación
• Dificultades que involucran al solicitante y otros
• Necesidad de servicios del solicitante en los EE. UU.
• Si el solicitante tiene una petición de visa de inmigrante o no inmigrante aprobada
• Elegibilidad para una exención de otros motivos de inadmisibilidad
• Violaciones repetidas de las leyes de inmigración, incumplimiento deliberado de otras leyes
• Probabilidad de convertirse en una carga pública
• Ausencia de lazos familiares cercanos o dificultades.
• Historial de fraude o tergiversación de inmigración
• Existencia de otros motivos de inadmisibilidad en los EE. UU.
212 (h) Exención para Condenas Penales
El perdon 212(h) se utiliza para perdonar ciertos motivos de inadmisibilidad con respecto a los siguientes motivos penales:
• Delitos que involucran depravación moral
• Múltiples condenas penales
• Prostitución y vicio comercial
• Ciertos extranjeros que han afirmado inmunidad procesal
• Un delito de posesión simple de 30 gramos o menos de marihuana.
Estas causales penales de inadmisibilidad pueden ser perdonadas si el extranjero demuestra a satisfacción del Fiscal General que:
• Las actividades por las que es inadmisible ocurrieron más de quince años antes de la fecha de solicitud de visa, admisión o ajuste de estatus del extranjero.
• La admisión no sería contraria al bienestar o seguridad nacional
• El extranjero ha sido rehabilitado.
Con respecto a la prostitución, se puede perdonar el delito si el extranjero establece, a satisfacción del Fiscal General, que su admisión no sería contraria al bienestar, la seguridad o la seguridad nacional de los EE. UU., ya que ha sido rehabilitado.
Otros motivos penales mencionados arriba pueden perdonados en el caso de que un ciudadano extranjero demuestre que su salida de los Estados Unidos resultaría en “dificultades extremas” para el padre, cónyuge, hijo, residente permanente legal o ciudadano estadounidense.
Explore Opciones
Como puede ver, cada perdón tiene detalles específicos para determinar si es o no la adecuada para su caso, sin contar que el proceso debe llevarse al pie de la letra para evitar errores, sus posibilidades se fortalecen si pone al frente del caso a un abogado especializado en perdones.
No importa si ha tenido dificultades penales o su estatus migratorio actual, háblanos para hacer una cita para que revisemos si su caso califica para algún perdón.